Se trata de una medida cautelar del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que advierte sobre presuntas afectaciones del proyecto al Parque Nacional.
La solicitud prohíbe a la Alcaldía de Bogotá y al Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), adelantar alguna de las obras de intervención contempladas en el área del Parque Nacional Enrique Olaya Herrera, hasta tanto se formule y apruebe el plan director de conformidad con lo establecido en la ley.
La decisión se toma por una solicitud presentada por una abogada del comité Defendamos La Séptima, quien advierte de presuntas afectaciones al Parque Nacional.
La medida cautelar se suma a la decisión ratificada por el juez 49 administrativo que ordenó la suspensión temporal de la licitación al establecer que la construcción de dos puentes sobre la calle 85, contemplados en el proyecto, no respetan la reglamentación sobre las medidas de los andenes, perjudicando a los vecinos del sector, decisión que congeló de inmediato el proceso de licitación que estaba pronto a iniciar.