La Secretaría de Integración Social denunció que, nuevamente, líderes de la comunidad indígena Emberá impidieron que niñas, niños y adolescentes abordaran las rutas dispuestas por el Distrito, argumentando que no autorizarían el traslado mientras la Unidad para las Víctimas, entidad del Gobierno Nacional, no cumpla con la entrega de los mercados ofrecidos.
Como resultado, solo 13 niñas, niños y adolescentes pudieron acceder a los servicios: 7 niños y niñas de primera infancia ingresaron al Centro Abrazar y 6 menores de infancia al Centro Amar, quienes asistieron por autorización de sus familias.
Para la Administración Distrital, la garantía de los derechos de niñas y niños, al ser de interés prioritario, no debe estar sujeta a ninguna exigencia transaccional, ya que esto afecta directamente a esta población al impedir su acceso a servicios esenciales como educación, alimentación, protección y un entorno seguro.
De acuerdo con el artículo 44 de la Constitución Política y la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia), se establece de manera explícita que el interés superior del niño y la niña debe prevalecer en todas las actuaciones, y ninguna situación puede justificar la utilización de sus derechos como mecanismo de presión o negociación.
La participación en estos servicios mitiga el uso de niños y niñas en mendicidad, previene el acompañamiento laboral, el trabajo infantil y otras formas de vulneración.
El Distrito señala que impedir su acceso vulnera sus derechos fundamentales y contraviene el principio de interés superior de la niñez, establecido en la Constitución y en el Código de Infancia y Adolescencia.
La Secretaría hace un llamado urgente para garantizar la protección integral de niñas, niños y adolescentes, y reitera su disposición de continuar brindando transporte, alimentación y atención especializada en cada uno de los servicios para salvaguardar sus derechos.