IDU no podrá seguir ofreciendo beneficios a deudores por valorización

La decisión obedece a la decisión de la Corte Constitucional que declaró la inexequibilidad de algunos artículos del Decreto Legislativo 678 de 2020, dentro de los cuales se encuentra el artículo 7º, que establecía beneficios tributarios para impuestos, tasas, contribuciones y multas que estuvieran en mora, como alternativa para que las entidades territoriales pudieran recuperar la cartera de estas rentas. 

En aplicación del artículo en referencia el IDU había emprendido un proceso de recuperación de cartera, brindando beneficios a los contribuyentes en mora del pago de esta contribución, quienes podían ponerse al día en sus obligaciones y dar por terminados los procesos de cobro coactivo.

Sin embargo, una vez comunicada la decisión de la Corte Constitucional sobre la inexequibilidad de esta norma, el Instituto de Desarrollo Urbano informó que no es posible continuar dando aplicación al beneficio contenido en el citado artículo.

En consecuencia, el IDU solicitó a los deudores por valorización que, a partir de la fecha realicen el pago total de las deudas, tanto en capital como en intereses. Quienes tienen acuerdo para pagar por cuotas lo deben seguir haciendo, mientras que quienes tengan deuda pendiente podrán consultar a partir de mañana en la página web de la entidad www.idu.gov.co (duplicado de la cuenta) el monto pendiente por pago.

Quienes pagaron sus deudas hasta el 18 de octubre pudieron acogerse a la medida. A partir de hoy los pagos pendientes por valorización se harán sin ningún descuento.

De los 14.411 predios en cobro coactivo a los que se le remitió cuenta de cobro, con corte de 18 de octubre realizaron pago 1.781 predios por valor de $1.191 millones.

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