16.2 billones de pesos meta del Distrito en recaudo de impuestos en 2025

Al tiempo que se conocía el calendario tributario para este año, la administración distrital reveló metas de recaudo en los diferentes impuestos.

El director de Impuestos Distritales, Pablo Verástegui en diálogo con Bogotá AM/PM en Radio RED RCN, indicó que la meta es recaudar en esta vigencia la suma de 16.2 billones de pesos.

Por impuesto de Industria y Comercio se esperan de 7.6 billones, por predial 5.1 billones y por impuesto de vehículos 1.5 billones de pesos.

Fechas del Impuesto Predial en Bogotá 2025

Los ciudadanos tendrán hasta el 25 de abril de 2025 para pagar con el descuento del 10 % por pronto pago. Sin este beneficio, la fecha límite será́ el 11 de julio de 2025. Vale la pena recordar que quienes lo requieran pueden acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario (SPAC), que permite diferir el pago de la obligación en cuatro cuotas iguales a lo largo del año, sin intereses. Para acceder a esta modalidad, el contribuyente debe realizar la declaración inicial desde la oficina virtual para acogerse a esta opción, hasta el 9 de mayo de 2025.

Estas son las fechas en las que se deben realizar los pagos de las respectivas cuotas:

Cuotas para pago del Impuesto Predial en Bogotá

Cuota 1: 6 de junio de 2025

Cuota 2: 8 de agosto de 2025

Cuota 3: 3 de octubre de 2025

Cuota 4: 5 de diciembre de 2025

Fechas del Impuesto de Vehículos en Bogotá 2025

Las personas que deseen cancelar su impuesto con el 10 % de descuento por pronto pago podrán realizarlo hasta el 16 de mayo de 2025. Posteriormente, deberán pagar el valor total del impuesto hasta el 25 de julio.

Fechas del Impuesto de Industria y Comercio Avisos y Tableros (ICA)

Para los contribuyentes del régimen común, cuyo impuesto a cargo supere en la sumatoria anual de 2024 los $ 18.402.415 (391 Unidades de Valor Tributario, UVT), deberán realizar los siguientes pagos bimestrales.

Fechas por bimestre

Bimestre 1: 4 de abril de 2025

Bimestre 2: 13 de junio de 2025

Bimestre 3: 15 de agosto de 2025

Bimestre 4: 10 de octubre de 2025

Bimestre 5: 12 de diciembre de 2025

Bimestre 6: 13 de febrero de 2026

En el caso de los Agentes de Retención del impuesto de ICA (ReteICA), deberán tener en cuenta los siguientes plazos para los periodos respectivos:

Fechas por bimestre

Bimestre 1: 21 de marzo de 2025

Bimestre 2: 23 de mayo de 2025

Bimestre 3: 18 de julio de 2025

Bimestre 4:19 de septiembre de 2025

Bimestre 5: 21 de noviembre de 2025

Bimestre 6: 16 de enero 2026

Los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio que pertenecen al régimen común, cuyo impuesto a cargo en 2024 no exceda los $18.402.415 (391 Unidades de Valor Tributario, UVT), deberán presentar su declaración y realizar el pago correspondiente a más tardar el 27 de febrero de 2026. Esta misma fecha aplica para los contribuyentes del régimen preferencial.

Sobretasa Bomberil en Bogotá

La sobretasa aplica exclusivamente a los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros (ICA), que registren un ingreso neto superior 43.498 Unidades de Valor Tributario ($2.047.233.000) durante el periodo a declarar.

Estas son las fechas para cumplir con esta obligación:

Fechas por bimestre

Bimestre 1: 4 de abril de 2025

Bimestre 2: 13 de junio de 2025

Bimestre 3: 15 de agosto de 2025

Bimestre 4: 10 de octubre de 2025

Bimestre 5: 12 de diciembre de 2025

Bimestre 6: 13 de febrero de 2026

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