La Personería de Bogotá sancionó por seis meses a la gerente de la SubRed Centro Oriente, Claudia Ardila, por suscribir dos contratos de prestación de servicios en cuantía de $13.500.000 mensuales, cada uno en el año 2020, excediendo los límites de la tabla de honorarios, sin justificación.
Según el órgano de control, en su fallo de primera instancia, la funcionaria no justificó la especialidad, complejidad o detalle, así como tampoco especificó cuáles eran las calidades y características especiales de confianza y alta complejidad de los asuntos que se confiarían a los contratistas.
Además, la Gerente incumplió el Manual de Contratación de la entidad, por cuanto los contratistas no acreditaron la experiencia requerida, y no presentaron certificación del Área de Talento Humana, que avalara las funciones relacionadas con el objeto de los contratos.
Para la Personería, Ardila Torres, como ordenadora del gasto, tenía a su cargo funciones del nivel directivo, capacidad decisoria, lo que la obligaba a actuar en defensa de los postulados de buena fe, honestidad, economía y moralidad administrativa.
La funcionaria podrá ejercer su derecho a la defensa y presentar los recursos correspondientes en los términos de ley, antes de la decisión que tome el órgano de control en segunda instancia.