La Secretaría de Movilidad expidió una resolución que define las prohibiciones de circulación de los ciclomotores en algunas vías de la ciudad.
Según el documento, los motociclos, ciclomotores o moped, que son vehículos de cilindraje no superior a 50 cm3, si es de combustión interna, no podrán transitar por las vías troncales del Sistema Integrado de Transmilenio, ni en Carriles Preferenciales por donde circulan los buses zonales de transporte.
Además, se reitera que estos vehículos no pueden transitar sobre las aceras o andenes, ni en los 609 kilómetros de ciclorrutas, los 127,69 kilómetros de ciclovías o cualquier tipo de infraestructura para el tránsito exclusivo de peatones o bicicletas.
El incumplimiento de este tipo de medidas, puede generar multas entre $522.900 y $1.045.500, así como la inmovilización del vehículo por parte de la Policía de Tránsito y los Agentes Civiles de la Secretaría de Movilidad.
La entidad reiteró que la medida busca dar cumplimiento a la normatividad nacional y organizar el tránsito de la ciudadanía.